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ACUERDO MERCANTIL 2019-2020

La Federación Argentina de Empleados de Comercio (Faecys) acordó con las cámaras empresariales este jueves una pauta salarial en sumas fijas a pagarse en marzo, abril y mayo.

El acuerdo se suscribió en conjunto con la Cámara Argentina de Comercio, CAME y UDECA

Específicamente, “el reajuste salarial contempla el pago de sumas fijas de 1.000 pesos para el mes de febrero (pagadera en marzo), otra de 1000 pesos para el mes de marzo (pagadera en abril) y una suma fija de 2000 pesos para el mes de abril a percibirse en el mes de mayo”.

El Departamento Jurídico del SEOCA Zona Oeste nos informa sobre los PUNTOS PRINCIPALES DEL ACUERDO SALARIAL 

Incremento solidario (Decreto 14/2020)

En primer lugar, respecto al «incremento solidario» del decreto 14/2020 ($ 4000.), se acordó mantener lo establecido en el Art. 2 Inc B del mismo, que dice:

No deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento, un criterio distinto mediante negociación colectiva.

Es decir que no se cambia este inciso y sobre el «incremento solidario» no se aplica ningún adicional de convenio.

Sumas fijas acuerdo 2019/20

  • Con los sueldos de febrero 2020: la suma de $1.000.
  • Con los sueldos de marzo 2020, una suma también de $1.000.
  • Con los sueldos de abril 2020, a los $1.000 de marzo se le suman otros $1.000, es decir que se pagarán $2.000 en total.

Estos $ 2.000 se seguirán abonando hasta que incorporen en la próxima negociación salarial (paritaria 2020).

RESUMEN


FEBRERO 2020                         MARZO 2020                           ABRIL 2020


$ 1000.-                                         $ 1000.-                                      $ 2000.-

Todas las sumas son REMUNERATIVAS.

Estas sumas no se tendrán en cuenta para ningún adicional de convenio

Jornada Parcial. Proporcionalidad

Para los trabajadores que laboren a jornada parcial, las sumas acordadas se pagarán de manera proporcional a la jornada trabajada.

Empresas en Procedimiento de Crisis

Las empresas que se en encuentren en procedimiento de crisis, siendo este iniciado antes del 1° de abril de 2019, tendrán un tratamiento diferenciado que se deberá acordad con el gremio.

Aporte a OSECAC

Sigue vigente el aporte a OSECAC de $100 para los trabajadores encuadrados en el CCT 130/75, sin perjuicio de la Obra Social a la que se encuentren afiliados

Homologación

Para la exigibilidad de este Acuerdo, se requiere su previa homologación por el Ministerio de Trabajo de la Nación

Dr. Javier Valenzuela – Jefe del Departamento Jurídico SEOCA ZONA OESTE –

Julio Rubén Ledesma – Secretario General

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